Las administraciones públicas están obligadas a inventariar los bienes y derechos que integran su patrimonie. Este requerimiente se concreta en el caso de los ayuntamientos en la elaboración de un inventario general de los bienes y derechos que integran su patrimonio.
Durante el año se pueden producir incidencias en los bienes y propiedades municipales, com altas, bajas o modificaciones en los diferentes elementos patrimoniales.
Para incorporar estas modificaciones, anualmente se aprueba la rectificación del inventario municipal, que refleja las variaciones económicas producidas durante el último ejercicio económico cerrado, derivadas de la gestión del patrimonio municipal y las incidencias de todo tipo en los bienes y derechos durante el periodo correspondiente.
Patrimonio municipal
El patrimonio municipal está integrado por todos los bienes y derechos que pertenecen al Ayuntamiento, sea cual sea su naturaleza y el título de adquisición.
Fecha actualización: noviembre de 2025
Próxima actualización: periodicidad anual